eactivos.com es el portal online español de referencia en la gestión de venta, subastas concursales online y liquidación de activos procedentes de empresas en concursos de acreedores. Perteneciente a la compañía Activos Concursales, su irrupción en 2009 en el panorama de las subastas concursales supuso una revolución que democratizó un sector, multiplicando exponencialmente el numero de usuarios finalistas que pujaban en las subastas.
Hoy en Digitalis hablamos con Joaquín Oliete, CEO y fundador de Activos Concursales, para que nos cuente en detalle cómo su apuesta por la transformación digital ha modernizado toda una práctica judicial y administrativa, además de hablarnos del presente y del futuro de su compañía.
P: Lleváis desde 2010 siendo una plataforma digital de subastas judiciales online. ¿Fuisteis pioneros?
R: Sí, fuimos pioneros. Nos constituimos en 2009. Yo venía de un concurso de acreedores en mi antigua empresa y las subastas se hacían de manera presencial. El oficial del juzgado avisaba, “¡Subasta!”, y ahí entraban los subasteros, un coto cerrado de gente que hacía sus maniobras, no dejaban entrar a nadie. Según tengo entendido, porque yo no lo conocí, cuando entraba el ejecutado (la persona que debía el dinero) e iba a la subasta, esa gente le forzaba a negociar un precio.
Yo entré en concurso en una compañía tras 14 años de trabajo y los activos se vendieron a precio de derribo. Así conocí el mundo de la administración concursal y los juzgados mercantiles. La compañía que entró a concurso era una empresa tecnológica, y llevábamos desarrollando I+D, software, bastante tiempo.
Empezamos a analizar la situación jurídica de las subastas, y propuse el hacerlas online, con la posibilidad de que todo el mundo tuviera acceso desde su casa, desde un ordenador, a intervenir en una subasta, cumpliendo las garantías de seguridad jurídica y accesibilidad, y permitiendo que todo el mundo pudiera identificarse con métodos seguros. Y, a partir de ahí, poder ofertar en cualquier tipo de activo.
P: Cuando se te ocurre la idea, supongo que tienes que presentar el proyecto a la administración.
R: En el año 2000, la Ley de Enjuiciamiento Civil, a través del Artículo 641, permitía y (y sigue permitiendo) el nombramiento de la realización de subastas a través de una entidad especializada. Nosotros nos constituimos como entidad especializada en venta de activos, exclusivamente de manera online. Al final la diferencia que hay entre ser una entidad especializada o no es disponer de herramientas de gestión que permitan que el valor de realización, que las ofertas, sean superiores a los métodos tradicionales.
En aquel momento era muy difícil enterarse de una subasta en los juzgados de España. Habría 70 y pico, 80 juzgados. Se enteraban los de la plaza. Solo tenías constancia si mirabas la publicación en el BOE, o ibas al juzgado a mirar los tablones de edictos que estaban clavados con chinchetas. Los valores de realización eran ínfimos. La cancelación de deuda del concursado era muy baja.
Empezamos a ser nombrados y a realizar subastas con nuestra plataforma digital 1.0. Automáticamente nosotros multiplicamos por cientos el número de gente interesada que podía acceder a comprar cualquier tipo de activo.
Empezamos a presentar los métodos de realización a todos los juzgados. El primero fue el juzgado de Elche, concretamente, y los jueces lo vieron como algo muy interesante.
«desarrollaMOS toda una serie de mecanismos para demostrar que nuestro sistema era no manipulable»
P: La plataforma era un desarrollo vuestro, ¿verdad?
R: Sí, la plataforma la desarrollamos nosotros en su totalidad. Nos reunimos con jueces y con administradores para conocer exactamente cómo podíamos ofrecer la suficiente garantía de seguridad jurídica y de accesibilidad: métodos de identificador de postores, de acceso al registro de ofertas, de identificación de pujas, de registro de la hora a la que se realizaba la puja, la cuantía… Tuvimos que desarrollar toda una serie de mecanismos necesarios para demostrar que nuestro sistema no era manipulable y era accesible para todo el mundo.
Empezaron a nombrarnos en los planes de liquidación (cuando una empresa se presenta a concurso de acreedores hay varias fases, y una de ella es la liquidación). El administrador concursal presenta un plan de liquidación al juzgado y en el plan de liquidación se establecen exactamente las reglas de realización, entre las que está el nombramiento de una entidad especializada. Ya nos nombraban como entidad especializada, y empezamos a intervenir.
P: Supusisteis una evolución para el sector. En el momento en que empezáis a realizar las subastas judiciales a través de canales online, ¿surgen otras compañías que os imitan?
R: No, en aquel momento no, porque el sector de las subastas presenciales estaba dedicado a los profesionales. Y esto sigue ocurriendo. Hoy tienes las subastas BOE: la justicia pasó de las subastas presenciales a las electrónicas, a través de la plataforma que desarrolló para Subastas BOE. Y pasa lo mismo: las subastas BOE están hechas para profesionales porque, ¿quién atiende las llamadas? Si tú y yo no somos profesionales y queremos comprar un piso que sale a subasta, normalmente no tenemos ni idea, y queremos llamar para que nos despejen dudas. Pero este servicio no existe.
Nosotros conseguimos usuarios finalistas, los que consumen el activo. Tenemos que explicar, guiar, acompañar, despejar todas las dudas… Hacemos campañas de marketing en Idealista, en FotoCasa, en 100 plataformas distintas para atraer tráfico. Y a ese tráfico le despejas dudas a través de email, call center, visitas…
Es toda una labor. En este momento, somos 30 personas en nómina. Nuestros honorarios dependen únicamente de que el administrador concursal decida adjudicar el activo. Y, para eso, los valores de realización tienen que ser como mínimo iguales al mínimo establecido en el plan de liquidación como valor de adjudicación. Para que esto ocurra, tienes que conseguir ofertantes. Y nosotros cobramos un variable, establecida entre el 2% y el 5% para bienes inmuebles (depende del volumen del concurso). Para bienes muebles como vehículos, maquinaria, etc, entre el 10% y el 15%.
«Aplazar la consecución de las reglas de realización del concurso de acreedores no tiene ningún sentido. ¿Para qué alargamos tanto el plazo si seguimos en situación de pandemia?»
P: A raíz del año terrible que pasamos en 2020, este tipo de procesos han aumentado, ¿verdad?
R: Sí, bueno, lo que ocurre es que han aumentado las moratorias concursales, se han ido aplazando. Sí que ha habido incremento de volumen de subastas, pero cuando finalice la moratoria va a ser un caos. El Gobierno está alargando la agonía.
Lo que dicen los profesionales es que si se está en una situación de concurso lo que se debe hacer es presentar concurso cuanto antes para paralizar las deudas. El concurso realmente es una herramienta que permite volver a negociar con acreedores. Permite declarar que no se pueden acometer pagos, llevar a cabo obligaciones tributarias, fiscales y laborales, con lo cual se negocian las fórmulas de financiación.
Pero si no me presento a concurso y voy sumando deudas, es un problema, fundamentalmente para el administrador social. Tú no puedes ir sumando deuda, porque eso es responsabilidad del administrador e incurriría en lo que se llama un concurso culpable, en donde todo su patrimonio y bienes entrarían en la masa concursal.
Aplazar la consecución de las reglas de realización del concurso de acreedores no tiene ningún sentido. ¿Para qué alargamos tanto el plazo si seguimos en situación de pandemia? ¿Si seguimos con confinamientos perimetrales y de franja horaria? No tiene mucho sentido alargar la moratoria concursal.
P: ¿Prevéis que, ante esta situación, surjan más entidades especializadas?
R: Hay las empresas que han visto el negocio y han dicho: yo también soy entidad especializada. Y al día siguiente empiezan a vender activos online. Nosotros tenemos, después de 11 años de operativa, 32.000 usuarios registrados. Nos ha costado 11 años. Una empresa que lleva seis meses vendiendo no tiene usuarios registrados.
Por mucho que esa plataforma nueva cobre un 1%, el problema surge cuando se publica un activo. Por ejemplo, en estas plataformas una nave que vale un millón de euros consigue ofertas máximas de 100.000 euros, porque no hay usuarios competitivos que pujen. Por mucho que me cobres un 1% de 100.000 euros, solo estás cancelando 100.000 euros de masa de concurso.
Por lo tanto, no se trata solamente de ofrecer bajos gastos de gestión. Se trata de realizar toda una serie de acciones y tener una actividad detrás que permita atraer tráfico y que que los valores de realización sean altos. Nosotros cobramos entre un 2% o un 5% pero estamos dándole al concurso mucha más cancelación de deuda que un tercero que cobra la mitad.
P: ¿Qué consecuencias puede tener vender un activo a través de portales con pocos usuarios?
Aquí entra en juego el acreedor privilegiado, que en ocasiones puede tener como objetivo quedarse con el activo a bajo precio. El acreedor privilegiado ha tenido varias fases para quedarse con el activo: la primera fase es la de venta directa, en la que se intenta vender el activo por el 100% de la deuda.
El administrador concursal, que normalmente lleva esta fase de venta directa, no es experto en búsqueda de compradores, no conoce el sector y normalmente consigue clientes que ofrecen un precio bajo. El acreedor privilegiado no admite ese precio bajo. El administrador pasa entonces a la dación en pago: se le ofrece el activo al acreedor a cambio de cancelar el 100% de la deuda. Pero si el acreedor dice que no, porque considera que el activo no vale lo suficiente, se va a subasta.
Aquí el acreedor puede intentar ir a un portal que no tiene usuarios y que no consiguen ofertas, para intervenir él mismo y quedárselo por el precio más bajo posible.
Pero este no es el objeto del concurso de acreedores. El objeto es cancelar la mayor deuda del concursado, no que usted se lo quede el activo por bajo precio para luego revenderlo. Eso es actuar como un subastero, como un profesional que intenta quedárselo al mejor precio posible. Nosotros lo que estamos intentando que se venda al mayor precio posible.
P: Habéis vivido más de 50 alegaciones de acreedores privilegiados en contra del uso de vuestro software. ¿Es porque eráis muy innovadores o porque, como comentas, estabais intentando vender los activos al mayor precio posible y «reventando» un negocio montado en este sentido?
R: Los acreedores privilegiados, cuando nosotros introdujimos el sistema en los juzgados, se oponían a la realización a través de entidad especializada. Preferían hacerlo de manera presencial porque no iba nadie. Iba el representante del acreedor y se lo quedaba al menor precio posible.
Ahora, como la puja ya no está acotada a unos pocos, los precios suben, y ya no les interesa porque no hay márgenes de reventa. Por eso se oponen a la realización a través de entidad especializada o, en su defecto, prefieren hacerla con una que tenga pocos usuarios registrados.
Ya hay alguna entidad especializada que está intentando negociar con los acreedores: en lugar del cobrarte un 5% yo te cobro un 1% o un 2%. Se acercan a los bancos para ofrecer cobrar lo mínimo posible. Pero esto es ilegal: no se puede ofrecer precios diferentes dependiendo de quién sea el adjudicatario. Los pactos concretos con entidades financiaras o interventores privados son ilegales, las reglas han de ser las mismas para todo el mundo.
«Al final de lo que se trata es de cancelar la mayor deuda posible del concursado y no vender los artículos por precio irrisorio, residual»
P: Los juzgados mercantiles y las audiencias provinciales en general os han dado la razón, y habíais creado jurisprudencia. ¿Ha sido por estas victorias en los tribunales?
R: Sí, claro. Nosotros hemos tenido que demostrar durante todos estos años la idoneidad de utilización de una entidad especializada porque los valores de realización son mayores a otros métodos de realización. Si hubiéramos realizado acciones en las cual hubiéramos vendido activos a valor residual, inferior a los métodos tradicionales, no hubiéramos podido generar jurisprudencia.
Lo hemos demostrado mediante informes estadísticos automáticos. En nuestro software, el juez de un mercantil tiene acceso directo a todos sus concursos, a todos los activos, sabe desde el inicio hasta la finalización de una subasta perfectamente todo lo que está sucediendo. Y tiene acceso en tiempo real.
Todo esto no ha venido bien a algunos profesionales. Al final de lo que se trata es de cancelar la mayor deuda posible del concursado y no vender los artículos por precio irrisorio, residual.
P: ¿Qué significa tener una certificación específica de ciberseguridad? ¿Qué criterios tenéis que cumplir para conseguirla, que os exige la administración?
R: Nosotros hemos establecido una auditoría externa anual del software, en la que, a través del código fuente, se ve la gestión que se está realizando. Tenemos la certificación ISO 27.001 centrada en la seguridad de la información. Estamos auditados cada cierto tiempo por ENAC en el campo de seguridad de la información.
No hay un protocolo establecido por la ley ni por los sistemas judiciales para ser entidad especializada. Por eso nosotros estamos recalcando la necesidad de establecer una serie de protocolos que garanticen que una entidad especializada pueda operar en el mercado.
Lo que no puede ser es cualquiera se conforme como entidad especializada. Si me presento en el juzgado como entidad especializada, tendré que tener un expertise en materia jurídica; tendré que tener una estructura, un software transparente, toda una serie de elementos que justifiquen que pueda intervenir como entidad especializada. Es necesario que se regule y que se generen mecanismos de control judiciales para que se garantice la mayor seguridad jurídica, transparencia y accesibilidad.
«Hay que invertir para Atraer tráfico de calidad. Hacemos toda una serie de acciones de marketing con cargo a nuestros honorarios de gestión»
P: Vosotros habéis democratizado estas subastas judiciales. ¿Qué labor de marketing hacéis para promocionarla la plataforma?
R: Tenemos departamento de marketing, call center, atención al usuario… Realizamos acciones en redes sociales, tenemos acuerdos con las mayores plataformas de inmuebles que hay en España, como Idealista o Fotocasa, con portales dentro de estas plataformas: tenemos nuestra propia sección y todo lo que publicamos en nuestra plataforma lo publicamos también en estas, que son las que más audiencia tienen, para generar tráfico.
Hay que invertir para traer tráfico de calidad. Tenemos 30.000 usuarios registrados y hacemos toda una serie de acciones de marketing con cargo a nuestros honorarios de gestión. Las entidades que cobran un 1% no hacen nada, porque si ese 1% se invierte en campañas, en acciones, en personal dedicado a atender al público, a despejar dudas, pierden dinero. Hay que tener unos márgenes que permitan acometer inversiones para atraer tráfico. Es necesario disponer de un plan de marketing online que genere tráfico. Tenemos plataforma de e-activos en LinkedIn, en Facebook, en todos lados, generando audiencia.
P: Como empresa de marcado carácter digital que sois, ¿cuáles son los principales perfiles laborales que buscáis?
R: En la empresa tenemos distintos perfiles. Fundamentalmente abogados, porque, desde el inicio de la subasta hasta la consumación de la venta, guiamos al usuario finalista, preparamos escrituras, solicitamos los testimonios al juzgado, interpretamos el plan de liquidación o preparamos planes de liquidación, asesoramos a los administradores concursales… Tenemos personal que sabe perfectamente identificar cómo es un procedimiento, y para eso hace falta un perfil jurídico.
Por otro lado tenemos licenciados en marketing porque necesitamos ejecutar acciones de marketing online y offline para atraer tráfico. Disponemos de periodistas para generar newsletters, expertos en redes sociales y expertos en marketing digital.
En el call center tenemos gente que habla varios idiomas. Hay que atender a clientes en inglés o francés.
Y tenemos un departamento de I-D propio, integrado en la empresa y formado por ingenieros informáticos. A finales de año vamos a lanzar la plataforma 4.0, que estamos desarrollando desde hace un año.
Asimismo, tenemos analistas de productos, ingenieros técnicos que saben realizar una tasación, valorar activos, hacer un inventario… Y disponemos de delegaciones en siete Comunidades Autónomas con profesionales para atender a administradores concursales y realizar visitas a los activos, etc.