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La CNMC sanciona a Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por incumplimientos en publicidad

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado a los creadores de contenido Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por incumplir distintas obligaciones recogidas en la Ley General de Comunicación Audiovisual. Los expedientes afectan a contenidos publicados en plataformas como YouTube, X, Instagram y Facebook, y se centran en tres ámbitos especialmente sensibles para la publicidad digital: la identificación de comunicaciones comerciales, la protección de menores y la promoción de medicamentos.

El organismo recuerda que los usuarios de especial relevancia, una figura que alcanza a determinados creadores con gran audiencia, deben actuar con criterios profesionales cuando difunden contenidos publicitarios o piezas que puedan tener impacto en menores. La normativa exige que la audiencia pueda distinguir de forma clara cuándo está viendo entretenimiento, contenido editorial o una comunicación comercial.

En el caso de Ibai Llanos, la CNMC considera acreditado que varios vídeos publicados en X incluían una marca de bebida durante la presentación de artistas de La Velada. El problema, según el regulador, fue que esos contenidos no incorporaban una señalización clara que permitiera diferenciar la parte comercial del resto del contenido. La sanción impuesta asciende a 710 euros, reducida a 568 euros por pago anticipado.

El expediente de Jordi Wild se refiere a contenidos difundidos en YouTube en los canales @ElRinconDeGiorgio y @dwt_fighting, vinculados al evento Dogfight Wild Tournament. La CNMC concluye que determinados vídeos de combates de contacto extremo debían haber contado con una calificación y advertencia adecuadas, además de activar los mecanismos disponibles para restringir el acceso de menores. En este caso, la multa es de 1.543,44 euros, reducida a 1.241,95 euros por pago anticipado.

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Nachter ha sido sancionado por comunicaciones comerciales relacionadas con antigripales en sus perfiles de Instagram y Facebook. La CNMC señala que la publicidad de medicamentos está sometida a requisitos específicos, entre ellos identificar el carácter publicitario, aportar información esencial para un uso correcto e incluir advertencias al consumidor. La multa inicial es de 1.779,94 euros, reducida a 1.067,96 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago anticipado.

Las tres resoluciones declaran infracciones graves del artículo 158.31 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, en relación con las obligaciones de los usuarios de especial relevancia. Aunque las cuantías no son elevadas, el mensaje regulatorio sí resulta relevante para el mercado publicitario: la actividad comercial de los creadores no puede quedar diluida dentro del contenido sin una identificación suficiente.

Para marcas, agencias e influencers, estas sanciones funcionan como advertencia en un entorno donde la publicidad integrada, los patrocinios y las colaboraciones con creadores forman parte habitual de las estrategias digitales. La CNMC insiste en que la responsabilidad no recae solo en la plataforma, sino también en quienes comercializan o difunden estos contenidos ante grandes audiencias.

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