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La nueva ley española para las criptomonedas entra en vigor

Las criptomonedas ya cuentan con legislación propia en España. Ayer se publicó en el BOE la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, una nueva ley que establece las obligaciones que deben cumplir los propietarios de criptomonedas en nuestro país.

Según esta nueva ley, los contribuyentes españoles que posean criptomonedas tendrán la obligación de «informar sobre saldos y titulares de las monedas en custodia». Por ello, la nueva regulación afecta a todas aquellos ciudadanos españoles que posean Bitcoin, Ethereum o cualquier otro tipo de divisa virtual.

La nueva ley considera las criptomonedas como «monedas virtuales»

Para empezar, es importante destacar la forma en que se ha mencionado a las criptomonedas en el BOE. Aunque todo Internet e incluso personas ajenas al mundo digital usen comúnmente la palabra «criptomoneda», la terminología empleada en esta nueva Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal hace uso únicamente de la expresión «moneda virtual», y no de ningún derivado de «cripto». En concreto, la palabra «cripto» solo se menciona en el BOE en cuatro ocasiones, haciendo alusión únicamente a «claves criptográficas privadas».

Es la primera vez que se utiliza dicho término en un Boletín Oficial del Estado, aunque las criptomonedas ya recibieron el mismo tratamiento con anterioridad. En una sentencia del 20 de junio de 2019 por estafa y apropiación indebida de bitcoins, el Tribunal Supremo hizo mención por primera vez a las criptomonedas dándoles el valor de una moneda virtual, indicando que «tampoco el denominado bitcoin es algo susceptible de retorno, puesto que no se trata de un objeto material, ni tiene la consideración legal de dinero». A pesar de dicho tratamiento, las criptomonedas siguen estando sujetas a obligaciones fiscales según la nueva ley.

Un cambio que, sin bien puede parecer baladí a simple vista, sirve para concretar el tratamiento legal que recibirán este tipo de divisas de aquí en adelante en documentos oficiales.

¿Cuáles son las obligaciones de los contribuyentes españoles que posean criptomonedas?

Hasta el momento, no estaban claras las obligaciones que tenían los propietarios españoles de criptomonedas. Ahora, la nueva ‘Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal’ detalla que las obligaciones de los contribuyentes españoles que posean criptomonedas son:

Obligación de informar de los diferentes saldos y de la identidad de sus titulares: «Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, ya se preste dicho servicio con carácter principal o en conexión con otra actividad, vendrán obligadas a suministrar a la Administración Tributaria, en los términos que reglamentariamente se establezcan, información sobre la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas».

Obligación para los exchanges de proporcionar toda la información sobre las transacciones: «Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero de curso legal o entre diferentes monedas virtuales, o intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones, o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, vendrán obligados, en los términos que reglamentariamente se establezcan, a comunicar a la Administración Tributaria las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia, relativas a monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas».

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Además, la nueva ley recoge la obligatoriedad de incluir las criptomonedas en la declaración de la Renta mediante el modelo 720 («Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero»).

Imagen de WorldSpectrum en Pixabay

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