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Pagos PSD2 para un comercio electrónico más seguro

El 31 de diciembre es la fecha límite para la implementación de la normativa europea de pagos PSD2 (Payment Service Device 2) para el comercio electrónico. Esta fecha ya supone una ampliación respecto al plazo inicial, fijado en el 14 de septiembre de 2019, ya que entonces la mayoría de las empresas de e-commerce no estaban preparadas para ello. A pesar de que el fin de año se acerca, la única entidad financiera que ha incorporado este sistema para sus clientes es BBVA. Como punto de partida el sistema PSD2 se implementará para un millón de usuarios de este banco y se prevé que durante los meses de otoño se complete el proceso de implantación del mismo.

El comercio electrónico, que durante los últimos años se ha abierto paso de manera notable como forma de consumo, ha visto sus números crecer aún más debido a la pandemia de la COVID-19. La imposibilidad de visitar presencialmente los establecimientos se ha sumado a la lista de motivos para comprar desde casa, además de la razón por excelencia para este hábito adquisitivo, que es la comodidad. Según datos del informe Shoppin Index de Salesforce, durante el segundo trimestre de 2020, coincidiendo con la etapa de confinamiento, el incremento de las ventas online en España ascendió al 67%.

Sin embargo, una de las razones por las que el comercio electrónico no está extendido a la totalidad de la población, dejando a un lado las posibles limitaciones técnicas de algunos hogares españoles, es la desconfianza que puede generar el pago online. A pesar de que este tipo de transacciones se han perfeccionado durante los últimos años y la seguridad de las mismas se ha incrementado notablemente, aún existe cierto riesgo de fraude.

Doble autenticación

Es en este punto donde reside la importancia de la normativa PSD2, aprobada por la Comisión Europea en 2015 y que supone una actualización de la PSD de 2007. Esta nueva regulación implica que para cualquier venta online será necesaria la doble autenticación del cliente, también llamada SCA (Strong Customer Authentication). Esto quiero decir que serán necesarios dos de tres posibles parámetros para poder finalizar la compra:

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  • Algo que el cliente posea: como una tarjeta de débito o un smartphone.
  • Algo que el cliente conozca: como una clave o un PIN.
  • Algo propio y único del cliente: como la huella dactilar o el reconocimiento facial.

De esta manera, la entidad verificará la identidad del comprador antes de completar la transacción, garantizando una mayor seguridad de la misma. En el caso de BBVA, por ejemplo, el cliente deberá acceder al área privada de la app o la web del banco para posteriormente introducir una clave que le será enviada y requerida.

La normativa PSD2 solo supondrá para el usuario unos segundos más en el proceso de compra, pero para los bancos implica la apertura de sus servicios de pago a las llamadas terceras partes o TPPs (Third Party Payment Service Providers). Esto se traduce en un comercio más directo y rápido, sin necesidad de intermediarios, como pueden ser las compañías de las tarjetas. Contando con la autorización del usuario, el banco y el comercio se comunican a través de una API (Interfaz de Programación de Aplicaciones) para que el cobro se realice instantáneamente en la cuenta bancaria asociada.

En añadidura a todo esto, cabe destacar que la nueva norma también rebaja la cantidad de la que el consumidor tendría que hacerse cargo en caso de ser víctima de fraude. Dicho valor estaba anteriormente fijado en 150€ para pagos no autorizados por el cliente, mientras que ahora se ha establecido en 50€. A partir de esta cifra será el proveedor quien deberá hacer frente al importe defraudado.

Excepciones de la PSD2

Existen algunas excepciones para las que la doble autenticación no será requerida:

  • Importes inferiores a 50€ en pagos con contactless en el punto de venta o un importe acumulado de 150€ en distintas transacciones de este tipo.
  • Importes inferiores a 30€ en compras online o un acumulado de 100€.
  • Pagos recurrentes de la misma cantidad al mismo negocio, como por ejemplo algún tipo de suscripción.
  • Terminales de pago de transporte o parking.
  • Comercios de confianza: el comprador podrá confeccionar una lista de empresas de confianza y modificarla cuando considere.

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