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El TJUE restringe el uso de datos personales por Meta para anuncios personalizados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia que impone límites estrictos al uso de los datos personales por parte de Meta Platforms, la empresa matriz de Facebook, para anuncios personalizados, incluso cuando los usuarios han dado su consentimiento para la utilización de su información con fines publicitarios. Este fallo representa un golpe significativo para las compañías de tecnología que dependen de la publicidad dirigida dentro del bloque europeo.

El TJUE aclaró que las redes sociales como Facebook no pueden utilizar indefinidamente los datos personales que recopilan para fines publicitarios. Según el tribunal, la práctica de Meta viola el principio de minimización de datos establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, el cual estipula que las empresas deben procesar solo los datos estrictamente necesarios y no pueden utilizarlos de forma ilimitada en tiempo o propósito.

Este fallo es consecuencia de una denuncia presentada por el activista Max Schrems en 2014, quien argumentó que Facebook usaba su información personal, incluida aquella relacionada con su orientación sexual, para mostrarle anuncios personalizados. El tribunal determinó que la recopilación y el uso de información sensible obtenida fuera de la plataforma, a través de sitios y aplicaciones de terceros, no está justificada ni siquiera con el consentimiento del usuario.

Noyb, la organización liderada por Schrems, celebró la decisión, calificándola como un paso decisivo para proteger la privacidad de los usuarios frente a las prácticas intrusivas de las grandes plataformas de publicidad online. Según la organización, muchas empresas, incluida Meta, han ignorado la necesidad de establecer períodos de eliminación de datos y han continuado utilizando la información personal sin las limitaciones requeridas. Por su parte, Meta ha respondido a la sentencia afirmando que ha tomado medidas para integrar la privacidad en sus productos, destacando que no utiliza datos sensibles para personalizar anuncios y que no permite a los anunciantes compartir información confidencial.

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Este fallo llega en medio de un entorno regulatorio cada vez más estricto hacia las grandes plataformas digitales, tanto en Europa como en Estados Unidos. En Texas, por ejemplo, el fiscal general Ken Paxton ha presentado una demanda contra TikTok, acusando a la plataforma de violar leyes de privacidad infantil al no proporcionar herramientas adecuadas para que los padres controlen la información personal de sus hijos menores de edad.

Con esta decisión, la UE refuerza su compromiso con la protección de la privacidad, imponiendo límites claros a las prácticas de procesamiento de datos por parte de las empresas tecnológicas, marcando un precedente que podría afectar a toda la industria de la publicidad digital.

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