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¿Por qué los proveedores de internet españoles bloquearon los streamings de Twitch?

Ayer fue un día bastante convulso para miles de usuarios digitales. Durante la tarde del jueves, las operadoras de Internet que operan en España, entre las que se incluyen Movistar, Vodafone, Orange y Jazztel, bloquearon los directos de Twitch, la plataforma de streaming líder en todo el mundo. La medida, que afectaba únicamente a la visualización de los directos, y no a otros contenidos de la web (como el acceso a la propia página o la visualización de streamings en diferido), se produce en pleno auge del consumo de streaming, liderado por la propia Twitch.

El bloqueo se habría producido, según fuentes consultadas por El Confidencial, por una orden proveniente de Telefónica Audiovisual, empresa matriz de Movistar. La compañía habría solicitado al resto de empresas de telecomunicaciones el bloqueo de una serie de dominios que alojaban contenido ilegal, asociado con la piratería. Entre estos dominios se encontraba el que aloja los streamings de Twitch: «*.ttvnw.net», cuya inclusión en esta «lista negra» se habría producido «por un error».

Según hemos podido comprobar, el supuesto error ya ha sido solventado por parte de todos los proveedores de Internet en España, y todos los usuarios españoles deberían ver los streamings de la plataforma sin problemas (al menos sin ningún problema ocasionado por esta incidencia).

El Error #2000 fue la peor pesadilla de muchos espectadores

Los usuarios que quisieron entrar en la plataforma para ver los directos de sus streamers favoritos se encontraron con un mensaje de error muy concreto: el Error #2000, asociado al acceso de la web al dominio que permite la carga y visualización de los directos. El dominio completo: «video-weaver.mad01.hls.ttvnw.net», estuvo bloqueado durante gran parte de la tarde, registrándose las primeras incidencias a partir de las 13 horas, según la web Downdetector.

Si un usuario trataba de acceder directamente a la dirección del dominio bloqueado, la página le notificaba un error diferente según su proveedor de Internet. Estos mensajes de error, recogidos por el portal Banda Ancha, incluían desde el conocido «ERROR 404 – File not found», de Movistar; un mensaje no muy específico por parte de Vodafone y Lowi: «Por causas ajenas a Vodafone, esta web no está disponible», y un mensaje más detallado de Orange y Jazztel: «Contenido bloqueado por requerimiento de la Autoridad Competente, comunicado a esta Operadora».

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Aun así, no tardaron en llegar las posibles soluciones temporales al problema, que tenían un factor común: la utilización de una red privada virtual, o VPN. El uso de una VPN permite al usuario conectarse a direcciones IP de otros países, algo que muchos aprovecharon para «salir del paso», ya fuese como extensión de los navegadores Google Chrome y Microsoft Edge o mediante el uso del navegador Opera, que tiene integrado un servicio VPN que puede habilitarse en el menú de configuración.

¿Hubo realmente sentencia judicial?

Las causas del bloqueo no están claras en estos momentos, y diversas fuentes consultadas por diferentes medios declaran cosas muy distintas. Mientras que algunas dicen que dicha medida se tomó tras una sentencia judicial («En cumplimiento de una sentencia judicial las operadoras han bloqueado dicho dominio a petición de Telefónica Audiovisual, que lo ha solicitado por error»), otras afirman que fue una solicitud formal por parte de Telefónica Audiovisual, que se habría amparado en la actual legislación española para bloquear los dominios, junto al resto de operadoras, sin necesidad de una sentencia judicial.

Tras una sentencia del pasado mes de febrero, la compañía Telefónica Audiovisual Digital puede bloquear cualquier dominio que asocie a un contenido ilícito, así como forzar al resto de operadoras a bloquearlo, sin requerir para ello la decisión de un juez. Una controvertida situación legal en la que diversas empresas privadas podrían tomar decisiones que afectarían a la libertad digital de todos los españoles sin que la Justicia las autorice previamente.

Foto de Caspar Camille Rubin en Unsplash

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